Embriones congelados, un juez ordena su destrucción tras divorcio
Fuente: BIOÉTICA PRESS /
Analizamos en el mes de junio cómo la reproducción asistida está generando nuevos escenarios éticos y legales entre los que se incluye el destino de los embriones congelados de una pareja divorciada (clicar AQUI). Ahora comentamos aquí el pronunciamiento de un juez norteamericano sobre este tema.
Si lo más espinoso en un divorcio es qué hacer con los hijos, tampoco lo es menos cuando la pareja rompe y tiene congelados embriones fertilizados in vitro. ¿Qué hacer con ellos si uno de los cónyuges se niega a que el otro los preserve y que de ellos puedan venir al mundo seres humanos con sus genes? Este es el caso que se ha dado en San Francisco (California, EE.UU.), donde una juez estatal de familia ha acabado dando la razón al ex marido y ha ordenado la destrucción de los cinco embriones que habían fecundado cuando las cosas entre ellos iban bien y que ahora permanecían almacenados bajo cero en uno de los mayores centros de reproducción asistida del país. La resolución judicial da por bueno el acuerdo previo que habían suscrito antes de someterse al tratamiento de fertilización, Stephen Findley, de 45 años en la actualidad, y Mimi Lee, de 46, según el cual precisamente daban su consentimiento para que, en caso de ruptura matrimonial, los embriones se destruyeran. Findley hizo valer lo firmado porque no quería que, tras el divorcio, su ex mujer pudiera utilizarlos, pero ella alegó que esta es la única forma en que puede ser madre y que, en realidad, el acuerdo previo sobre la destrucción de los embriones iba incluido en el paquete de condiciones del centro, perteneciente a la Universidad de California, para poder someterse a la fecundación in vitro, de manera que considera que no se debe aplicar (M Trillo. ABC, 19-XI-2015). Al margen de la disputa legal merece una reflexión ética el que los embriones humanos sean manipulados como productos de consumo, de acuerdo con los intereses de sus padres. Algo éticamente difícil de aceptar.